Uno de los mayores reclamos de los clientes atrapados en la actualidad en los planes de ahorro es por una mentira cada vez más común entre quienes publicitan este sistema de venta de cuotas para intentar acceder a un auto 0km: le hacen creer al cliente que la "adjudicación" del auto es lo mismo que la "entrega del vehículo".

Y, en tiempos de bloqueos casi totales a la importación, eso está lejos de ser verdad. Lo cierto es que los clientes que cumplieron con todas las cuotas y salieron "adjudicados" por sorteo o licitación pueden tardar varios meses en recibir su auto.

En Tucumán, un ahorrista se cansó de esperar la entrega de su Nivus adjudicado y demandó ante la Justicia a Volkswagen Argentina y el concesionario local Alperovich. La Justicia le dio la razón y condenó a las dos empresas a resarcir al cliente con la suma de 12 millones de pesos por haber tardado doce meses en entregar el auto importado de Brasil.

Ante la cantidad de reclamos judiciales, marcas como Fiat, Jeep y Volkswagen están enviando cartas a sus clientes para explicarles que las demoras en las entregas son ajenas a las empresas (ver ejemplos). Sin embargo, la Justicia comenzó a darles la razón a los clientes que fueron engañados en sus expectativas.

Hay más información en la nota publicada por el diario Contexto en Tucumán, acá abajo.

Debido a la abundancia de engaños y estafas, Motor1 Argentina no recomienda la compra de autos por planes de ahorro (leer opinión).

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Nota del diario Contexto de Tucumán

Fallo histórico: obligan a Alperovich y Volkswagen a entregar un auto y un resarcimiento de más de $ 12 millones

Cientos de personas sufren a diario el aumento indiscriminado de las cuotas de planes de ahorro de sus vehículos y crecen día a día las denuncias sobre la falta de información o el detalle concreto del monto a pagar en los largos plazos destinados al pago de la unidad o el incumplimiento de la fecha de entrega de la unidad en cuestión.

Organizaciones y usuarios independientes comenzaron a reunirse y juntar todas las denuncias contra las distintas concesionarias y empresas de fabricación, distribución y venta de autos.

En Concepción de Tucumán, la justicia en lo Civil y Comercial del Centro Judicial, en una decisión histórica, Hizo lugar a la demanda de la actora, que había contratado un plan de autoahorro para adquirir un vehículo Volkswagen Nivus.

La misma había confiado en el asesoramiento inicial de su vendedor, cumpliendo así con todos los pagos y documentación exigida para acceder a su VW Nivus, pero la entrega del SUV urbano de diseño coupé se demoró un año.

La fecha para retirar estaba pactada para el 5 de Noviembre del 2.021 pero se concretó un año después, en el mes de noviembre del 2.022.

Luego de poner en conocimiento de la justicia todo el malestar de la situación, el 27 de febrero del corriente año se había dictado una sentencia en donde se hacía lugar a la demanda y se ordenó a Volkswagen S.A. y León Alperovich S.A. a entregar de inmediato el automotor objeto del contrato, junto a una suma de $3.414.620,72 más intereses.

La Cámara Civil y Comercial Común del Centro Judicial Concepción, confirmó este fallo y entre otros argumentos sostuvo lo siguiente:
* “Las demandadas incurrieron en una conducta anacrónica objetivamente, quebrantando el estándar empresarial esperable de toda empresa seria que se precie de tal, y según fueron sus roles y funciones desplegadas ante la sociedad, generando con ello el factor objetivo de atribución para la reparación de los daños que pudiere haber provocado”

* "Dada la complejidad contractual que presenta este tipo de negocios se torna exigible una protección responsable del consumidor, ya que la confianza como principio de contenido ético impone a todos los operadores económicos un inexcusable deber de honrar las expectativas creadas, y principalmente porque la pretensión del apelante debe juzgarse bajo un criterio sumamente restrictivo toda vez que importa una excepción al principio general regente en la materia".

Pero las empresas comenzaron a culpar una a otra, por la falta de disponibilidad de unidad, en cuanto a la fabricación y el stock, además de intentar desprestigiar a la demandante, según el resumen de quien llevó adelante este caso y se considera una estudiosa de la materia, la Dra. Maria Teresa Barquet de la ciudad de Aguilares.

Finalmente la justicia comprobó el incumplimiento de las demandadas viendo así totalmente violentado el trato digno que merece todo consumidor, como también el derecho a la información (art. 8 bis Ley Nacional 24240; art. 1095 CCyCN), al demorar la entrega del vehículo y no pagar multas, la justicia actualizó la multa a $12.694.076,9.

Esta es sin dudas, la jurisprudencia más importante en este tipo de contratos de los últimos tiempos. Las empresas, entiende la justicia, no deben concentrar energías en tratar de deslindar responsabilidades luego de llevar adelante un contrato en el cual el usuario de buena fe confió y cumplió.

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