La carga impositiva de las motos en Argentina es tema central desde siempre y los impuestos internos son una de las últimas adquisiciones que los rodados han recibido, si bien ya llevan una buena cantidad de años entre idas y venidas. En un escenario tan volátil como el de la Argentina de hoy, las escalas de los mismos empezaron a actualizarse cada vez con más frecuencia, al punto que hoy se está haciendo en forma trimestral.
La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, publicó en el boletín oficial los nuevas escalas de precios sobre las que se aplican las diferentes alícuotas que tendrá vigencia desde el 1 de junio al 31 de agosto del corriente año. Es importante recordar que los impuestos internos se calculan sobre el valor neto de IVA facturado por la terminal al concesionario y no sobre el valor de venta al público.
El nuevo monto mínimo sobre el cual las motos estarán exentas de dicho gravamen es de $634.498,49, para luego pasar a la primera escala del 20% cuyo tope asciende hasta los $813.459,6. A partir de este último valor, ya entra a regir la segunda escala, que es del 30%.
Partiendo de la base que nos encantaría que estos impuestos no existieran, siempre nos quedará la duda sobre el criterio de aplicación de los mismos sobre los vehículos y preguntas que nos repetimos constantemente.
¿Por qué quien que dispone de poco más de $2.000.000, en este período, puede comprarse un auto exento de impuestos internos y no una moto que no esté gravada por los mismos? ¿Por qué alguien puede comprarse una pick-up Ford F150 Raptor o un Jeep Gladiator, libre de estos gravámenes y quien se sube a una una Kawasaki Versys 300 tiene que pagar la escala del 20%?
En las embarcaciones recreativas es más alevoso aún, porque el casco y el motor se facturan por separado, y todos los accesorios que le ponga a la lancha, así sea un jacuzzi, no cuentan, con lo cual uno puede armarse un juguete de varios palos manteniéndose por debajo de la base imponible para la primera escala.
En fin, no los queremos amargar, pero quizás sería mejor un escenario más ecuánime que todos paguen el 5% de movida, desde $0,00, incluyendo vehículos comerciales y todo lo que hoy está fuera del espectro de los internos, que el Estado recaude lo mismo, y no castiguen al que se quiere subir a una motito que en muchos casos es su medio de transporte, su herramienta de trabajo y su vehículo recreativo.
O mejor aún, que los saquen por completo. Si, ya se. Motoblog, no seas inocente.
De todas formas a continuación podrán verlo, y compararlo con otras categorías, en la tabla publicada por AFIP en su web oficial.