A partir del 15 de junio y por el término de cuatro meses, rige en nuestro país el Plan de Regularización de Motovehículos no inscriptos, fabricados o ingresados al país desde enero de 2010 hasta diciembre de 2016.

La Circular D.N. N° 19 de la Dirección Nacional de Automotor (Ver Aquí) nos ofrece algunos detalles de procedimiento a los cuales deberán ajustarse tanto los Usuarios como Encargados de Registro y Plantas Verificadores para optimizar el mecanismo previsto por el sistema.

Encontrá también los Aranceles previstos para el régimen por el Resolución M.J. y D.H. N° 464/17, publicada hoy en el Boletín Oficial, y toda la información institucional del organismo central bajo este Link.

Fuente: Panorama Registral

***

Circular DN 19-17

Comenzó ayer la Regularización de Motovehículos no inscriptos

Enviá tu noticia a novedades@motor1.com